Hay una frontera entre lo que la Corte debe y no debe hacer, en el ejercicio de la facultad de revisión que tiene sobre los actos del Ejecutivo y del Legislativo. Debe salvaguardar los 3 ejes del constitucionalismo: la división de poderes, el federalismo, y los Derechos Humanos. Si cualquier acto del Ejecutivo o el Legislativo viola estos principios, la Corte debe actuar. Sin embargo, si los actos del Ejecutivo y/o el Legislativo no violan estos principios constitucionales, la Corte debe abstenerse de revisar decisiones de política pública u otros temas del debate político-legislativo. En otras palabras, la Corte debe salvaguardar la división de poderes, el federalismo y los Derechos Humanos, pero una vez salvaguardados, no debe entrometerse en el debate y/o el diseño de políticas públicas.